U., G.L, V.U.C.J, V.C.A, V. N. M S/ INCIDENTE DE APELACION
Los imputados apelaron la condena por turbación de la posesión, violación de domicilio y amenazas. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que no existió error de prohibición indirecto en su accionar.
Actor: O. M. B. Demandado: G. L. U.; C. J. V. U.; C. A. V.; N. M. V. Objeto: Condena por turbación de la posesión, violación de domicilio y amenazas. Decisión: La Cámara confirmó la condena impuesta en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 21 del CPP., en lo que aquí interesa destacar, establece la competencia positiva de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal en el recurso de apelación de las sentencias de juicio oral y abreviado en lo correccional." "En resumidas cuentas, no sólo no está probada la existencia de los presupuestos de un error de prohibición indirecto, sino que aparece debidamente justificado en sede probatoria el conocimiento efectivo sobre la forma adecuada de proceder." "El testimonio del denunciante B. posee elevada credibilidad intrínseca, en cuanto exhibe ilación precisa, pluralidad de detalles y se encuentra por completo libre de contradicciones e inconsistencias."
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