.................... S/ QUEJA EN CAUSA N° 119.425 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA . SEGUIDA A PICCIRILLO, JUAN JOSE
Se interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por prescripción de la acción penal en un caso de abuso sexual. La Corte rechazó el recurso argumentando que la aplicación de la ley vigente al momento de los hechos es válida y no se puede inaplicar por razones de derechos humanos.
Actor: María Laura E. D'Gregorio, Fiscal titular interina de Casación Penal Demandado: Juan José Piccirillo Objeto: Inaplicabilidad de la ley por prescripción de la acción penal en un caso de abusos sexuales. Decisión: Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la fiscalía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las denuncias de arbitrariedad por fundamentación aparente y de violación de los arts. 19 y 3 inc. 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño; 4 inc. 'g' y 7 incs. 'b', 'c' y 'f' de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y 8 inc. 1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no pueden prosperar." "El principio de irretroactividad de la ley penal, sólo podría ser exceptuado por la aplicación de una ley más benigna, de conformidad con el art. 2 del Código Penal." "La aplicación de una disposición legal posterior al hecho más grave que suspende el curso de la prescripción es contraria al art. 18 de la Constitución nacional." "No se vislumbran razones para excepcionar el principio de legalidad (art. 18, Const. nac.), el que solo cede frente a la aplicación de una ley más benigna para el imputado."
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