PONCE ELSA NOEMI ROSANA C/ OBRA SOCIAL UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y otro/a S/ DESPIDO
La sentencia reconoce la procedencia de la demanda por despido y condena a las demandadas en forma solidaria a pagar indemnización, actualizada y con intereses, por despido injustificado y otras indemnizaciones laborales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Elsa Noemí Rosana Ponce, demandó a OSUOMRA y Well Being S.A. reclamando indemnización por antigüedad, preaviso, liquidación final, indemnizaciones Ley 25.323, arts 1 y 2, Ley 25345 arts 43 y 45, y Decreto 39/19, alegando que su relación laboral inició en diciembre de 1998 y que fue irregularmente inscripta en Well Being S.A. en forma fraudulenta, pretendiendo responsabilidad solidaria de OSUOMRA por fraude laboral. La sentencia analizó la prueba documental y pericial, concluyendo que la relación laboral fue con Well Being S.A. desde 2005 hasta su despido en 2021, y que OSUOMRA actuó como empleadora en forma fraudulenta, por lo que corresponde su responsabilidad solidaria. Además, se encontró que el despido fue injustificado, ya que la causa alegada no fue probada y no se comunicó con claridad. La sentencia condenó a ambas demandadas en forma solidaria a pagar $4.225.345,70, actualizados por el índice Ripte, con intereses del 3% anual, y costas. La valoración de la prueba, especialmente la documental y la pericial contable, fue determinante para establecer la relación laboral y la responsabilidad solidaria. La decisión también tuvo en cuenta la normativa laboral aplicable, incluyendo la ley 25.323 por registrar irregularmente la relación, y la normativa de responsabilidad solidaria del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. La sentencia fue confirmada en todos sus términos por la cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: