TORRES LEANDRO ARIEL C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia homologó un acuerdo entre las partes en un expediente por accidente de trabajo, confirmando la validez y efectos del convenio, incluyendo monto y forma de pago, y eximiendo del pago de la tasa de justicia. La homologación fue considerada conforme a derecho y ajustada a los principios de orden público y la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demanda fue promovida por Leandro Ariel Torres contra Prevención ART S.A. por accidente de trabajo.
- El tribunal analizó el acuerdo celebrado entre las partes y consideró que no vulneraba principios de orden público, siendo una justa composición de derechos e intereses.
- La resolución determinó homologar el acuerdo por $1.300.000, con las pautas de pago y costas a cargo de la demandada, además de eximir del pago de la tasa de justicia.
- Los fundamentos principales señalados por el tribunal sostienen que “el acuerdo no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes” y “se ajusta a derecho el convenio celebrado entre las partes”. Se resaltan además los artículos 15 de la LCT y 30 de la ley del fuero, que permiten la homologación de convenios en cualquier estado del proceso y que producen efectos de cosa juzgada. La decisión fue fundamentada en la normativa vigente y en que “la conciliación es uno de los modos posibles de finalizar el juicio”.
- La homologación implica la aprobación del acuerdo y la extinción de la acción, con efectos de cosa juzgada, y se regula además la regulación de honorarios y eximición del pago de la tasa de justicia.
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