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FLORES MARCELA VIVIANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BS.AS. S/ AMPARO POR MORA

La Cámara ordena al IPS resolver en 20 días hábiles la expediente de jubilación. La sentencia confirma la decisión de priorizar la respuesta administrativa ante la mora.

Astreintes Derecho constitucional Derecho de peticion Mora administrativa Accion de amparo Administracion publica Plazos legales Derecho a la tutela efectiva Derecho a la resolucion Expediente jubilatorio

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Marcela Viviana Flores, demanda al IPS por mora en la resolución del expediente jubilatorio iniciado el 10/09/2024, alegando que el expediente está en trámite desde 22/07/2025 sin resolución y que ello le causa un perjuicio irreparable.
- La demandada, pese a ser notificada, no ha dado respuesta alguna, incumpliendo así los plazos legales y constitucionales, especialmente los previstos en el art. 76 del Decreto Ley 7647/70 y el art. 54 de la Ley 14.967.
- El tribunal destaca que la demora en la resolución administrativa vulnera derechos constitucionales y convencionales, y que la falta de respuesta en tiempo razonable justifica la vía de amparo por mora.
- La sentencia ordena al IPS resolver en 20 días hábiles el expediente, bajo apercibimiento de astreintes de $500.000 por día de demora, con costas a la parte vencida.
- Se regularon honorarios de la letrada de la actora en 5 jus más aportes de ley y no se regularon honorarios a la letrada de la demandada por estar en el marco del art. 18 del Decreto-Ley 7543/69.
- Se dispuso la notificación por medios electrónicos conforme al art. 10 del Acuerdo SCBA Nº 4013.

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