FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ALTAMIRANO LILIANA LORENA S/ APREMIO PROVINCIAL(310)
La causa de trance y remate ordena la ejecución del pago de $1.994.566,00 por parte de Altamirano Liliana Lorena, con intereses desde la demanda, y establece el remate del bien en caso de incumplimiento. La sentencia declara la existencia de la deuda y la procedencia del trámite ejecutivo, sin que la parte demandada haya opuesto excepciones legítimas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fisco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Liliana Lorena Altamirano por una deuda de $1.994.566,00, correspondiente a un apremio fiscal. La sentencia ordena la ejecución hasta el pago íntegro del capital, con intereses desde la presentación de la demanda el 26/06/2025, y dispone que, en caso de incumplimiento, se lleve adelante un remate del bien. La decisión se funda en que la parte demandada no opuso excepciones en el término legal, por lo cual se le da por perdido su derecho a ejercerlas y se declara la procedencia del proceso ejecutivo conforme a los arts. 116 y 155 del C.P.C.C., arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406, y el art. 104 del Código Fiscal. Las costas se imponen a la parte vencida y se difiere la regulación de honorarios. Fundamentos principales: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." "De conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406." "En virtud del carácter de vencida de la parte demandada, se imponen las costas y se difiere la regulación de honorarios."
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