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MEJIA HUGO ALCIDES C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El tribunal reconoció la demanda por accidente in itinere y condenó a la ART a pagar $2.820.488,36 por daños y perjuicios. Declara la inconstitucionalidad de varias disposiciones de la ley 24.557 y sus modificatorias, y rechaza otros planteos por constitucionalidad. La sentencia destaca la competencia de la justicia laboral provincial y la responsabilidad de la ART por el accidente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Hugo Alcides Mejía demanda a Omint ART S.A. por las lesiones sufridas en un accidente in itinere ocurrido el 7/4/17, solicitando indemnización conforme a la ley 24.557 y sus modificatorias. La parte demandada reconoce la existencia del accidente y la cobertura del contrato de ART, pero argumenta que el actor debía acudir a la vía administrativa y cuestiona la incapacidad y las liquidaciones. La sentencia analiza las cuestiones constitucionales relacionadas con la ley 24.557, declarando la inconstitucionalidad de varios artículos por violar principios constitucionales, y reafirma la competencia de la justicia laboral provincial. La pericia médica determina un 13,73% de incapacidad total, que se ajusta considerando preexistencias, y se calcula una indemnización de $2.820.488,36, con intereses y costas. Además, se regula el pago de honorarios y costas procesales. La resolución se fundamenta en la invalidez del art. 46 de la ley 24.557 y en la jurisprudencia que ratifica la competencia de la justicia laboral provincial para causas de riesgos del trabajo.

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