GOROSITO MIRTA NOEMI S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Se concede el beneficio de litigar sin gastos a la actora en el proceso sucesorio de Nicasio Raimundo Sanabria, considerando su insuficiencia de recursos económicos y la protección del derecho constitucional de defensa en juicio. La sentencia destaca que, para el otorgamiento, no es necesario probar total y absoluta escasez, sino la imposibilidad de afrontar los gastos del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, GOROSITO MIRTA NOEMI, solicita el beneficio de litigar sin gastos en el proceso sucesorio de Nicasio Raimundo Sanabria, argumentando su carencia de recursos económicos suficientes. La autoridad judicial evalúa la prueba producida, incluyendo testimonios y constancias registrales que demuestran su situación económica precaria, sin bienes registrados a su nombre ni registración como contribuyente en ARBA. La sentencia cita que “para el otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos, no es forzoso que el peticionario se encuentre en una situación de total y absoluta escasez de recursos económicos, sino que basta con que, en virtud de la misma, no cuente con lo necesario a los fines de solventar los eventuales gastos del juicio”. La jueza concluye que “el incidente ha logrado abastecer los requerimientos del art. 78 del Cód. Procesal”, y por ello, “concede a la actora el beneficio de litigar sin gastos”, eximiéndola de pagar costas y gastos judiciales mientras no mejore su situación de fortuna. La resolución se fundamenta en la protección constitucional del derecho de defensa en juicio y en la valoración de las pruebas que acreditan la insuficiencia de recursos de la solicitante, en línea con la doctrina local que permite el otorgamiento del beneficio en casos de insuficiencia no absoluta.
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