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ECHARREN SUSANA BEATRIZ S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la calidad de herederos universales a los hijos de Susana Beatriz Echarren tras su fallecimiento en 2025, en base a la acreditación del deceso, matrimonio y filiación, y el cumplimiento de requisitos procesales y sustantivos. La resolución dispone la inscripción de la declaratoria de herederos y detalla los recaudos necesarios para su trámite.

Codigo civil y comercial Herederos Requisitos procesales Declaratoria de herederos Mar del plata Sucesion ab-intestato Herederos universales Ley 14.442 Inscripcion en registros Tramites sucesorios

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue iniciada para la declaración de herederos de Susana Beatriz Echarren, fallecida en 2025. La documentación presentada acredita su fallecimiento el 26 de mayo de 2025, su matrimonio con Jorge Euardo Kosoblik, y la filiación de sus hijos Eric y Matías Kosoblik Echarren. Además, se comprobó que la unión matrimonial fue disuelta mediante sentencia de divorcio en 1999, y que se cumplen los requisitos procesales y sustantivos previstos en el Código Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La resolución judicial, en base a los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial, y artículos 735 y 737 del Código Procesal, ordena la declaración de herederos y la inscripción en el registro correspondiente. Además, establece los recaudos previos que deben cumplirse para la inscripción, incluyendo notificaciones, declaración jurada patrimonial, documentación de bienes, pago de tasas, honorarios, y otros requisitos administrativos y fiscales.

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