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RAIGAL MARIANO C/ ARIAS FEDERICO MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO

El proceso se declara extinguido por desistimiento del accionante, con costas a su cargo, y se regularizan honorarios del letrado patrocinante.

Costas Honorarios Cobro ejecutivo Notificacion electronica Litigio Desistimiento. Articulo 304 c.p.c.c. Procesos judiciales Extincion por desistimiento Articulo 73 cpcc


- Quién demanda: RAIGAL MARIANO

¿A quién se demanda?

ARIAS FEDERICO MARCELO (demandado en el proceso de cobro ejecutivo)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extinción del proceso por desistimiento del actor

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al desistimiento presentado por el actor, se declara la extinción del proceso, y se imponen las costas al desistente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento el desistimiento formulado por el accionante y teniendo el mismo plenas facultades para hacerlo, no estando trabada la litis con la demandada y no mediando obstáculo legal, tiéneselo presente, en su mérito y con los alcances previstos por el art. 304 del C.P.C.C." "Las costas se imponen al desistente de conformidad con lo dispuesto por el art. 73 del CPCC." "En virtud de lo expuesto, Resuelvo: 1) Tener presente el desistimiento formulado y en su correlato por extinguido el presente proceso. 2) Imponer las costas al desistente (art. 73 del CPCC). 3) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente [...] en DOS (2) JUS con más el pertinente adicional de ley e IVA si correspondiere."

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