BRUMANA, DARIO JESUS c/ RODRIGUES NETO, RAFAEL TEODORO Y OTRO s/ORDINARIO
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que condenó a los demandados a pagar U$S 12.830 por la compraventa y rechazó la reconvención, ratificando que la obligación de pago en dólares en el contrato fue válida y que las restricciones cambiarias no justifican el pago en pesos, imponiendo costas a los demandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Darío Jesús Brumana, promovió demanda contra Rafael Teodoro Rodrígues Neto y Jorge Gabriel Villario, reclamando U$S 12.830 por una compraventa de maquinarias celebrada el 27.08.21, en la que se pactó el pago en dólares billete en once cuotas.
- Los demandados reconocieron la celebración del contrato y la obligación de pago en dólares, admitiendo que percibieron las cuotas de la compradora pero no entregaron la parte correspondiente al actor, justificando su rechazo debido a un reclamo de comisión adicional del 5%.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a pagar U$S 12.830 y rechazando la reconvención, considerando que la obligación de pago en dólares fue válida y que las restricciones cambiarias no autorizaban una modificación en la forma de pago.
- La Cámara confirmó dicha sentencia, señalando que los demandados no probaron que hubieran intimado al actor ni puesto a su disposición los importes en moneda local, y que la estipulación contractual que preveía pago en dólares billete resultaba plenamente operativa.
- También se rechazaron los agravios relacionados con la imposición de costas, confirmando que la parte vencida en el proceso debe soportarlas.
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