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COCA SALAZAR, CRISBEL s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Concesión de ciudadanía argentina por naturalización a Crisbel Coca Salazar, tras acreditar condiciones constitucionales y legales, y con cumplimiento de obligaciones legales y formales. La resolución reconoce la voluntad de la solicitante y ordena la emisión del título de ciudadanía, además de notificar y comunicar la concesión a las instituciones pertinentes.

Constitucion nacional Ciudadania Naturalizacion Migracion Argentina Tramite judicial Inmigrantes Ley 346 Reconocimiento de nacionalidad Ley 17.671

¿Qué se resolvió en el fallo?

La resolución fue dictada por el Juez de Primera Instancia Alejandro Nobili, en la cual se concede la ciudadanía argentina por naturalización a Crisbel Coca Salazar, nacida en Cochabamba, Bolivia, el 23 de febrero de 1990. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, tras acreditar los requisitos y la manifestación de voluntad de la peticionaria. La resolución establece que la solicitante debe jurar fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, y que debe enrolarse en el plazo de un año, bajo apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435). Además, ordena las notificaciones correspondientes a las instituciones nacionales y la comunicación del acto en el país de origen. La resolución no presenta votos en disidencia y concluye con la orden de registrar, notificar y archivar el expediente.

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