BARRADO, JUAN MANUEL C/ EXPERTA ART S.A. S/ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio en el proceso por enfermedad profesional. La homologación se fundamentó en que el pacto cumple con los requisitos legales, no implica renuncias a derechos del trabajador ni afecta disposiciones de orden público, y se consideró una justa composición de los intereses. La sentencia dispuso la suspensión de la audiencia, la homologación del acuerdo, reguló honorarios y estableció condiciones para los pagos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre Juan Manuel Barrado y Experta Art S.A. en el expediente por enfermedad profesional. La decisión se fundamentó en que lo pactado cumple con los requisitos legales y no afecta derechos de orden público, logrando una justa composición de intereses (arts. 15, ley 20.744; 833 y sig. del C. Civil; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057). La homologación implica que se considera conveniente y ajustado a derecho, suspendiendo la audiencia prevista para el 17/09/2025, y estableciendo condiciones para el pago de costas, tasas, honorarios y depósitos. Los jueces expresaron que el acuerdo refleja una solución justa y equitativa, y que la homologación es procedente en atención a la voluntad de las partes, sin que exista afectación de derechos de orden público.
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