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BARRADO, JUAN MANUEL C/ EXPERTA ART S.A. S/ENFERMEDAD PROFESIONAL

El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio en el proceso por enfermedad profesional. La homologación se fundamentó en que el pacto cumple con los requisitos legales, no implica renuncias a derechos del trabajador ni afecta disposiciones de orden público, y se consideró una justa composición de los intereses. La sentencia dispuso la suspensión de la audiencia, la homologación del acuerdo, reguló honorarios y estableció condiciones para los pagos.

Costas Honorarios Acuerdo conciliatorio Pagos Enfermedad profesional Proceso laboral Suspension de plazos Homologacion acuerdo Argentina. Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre Juan Manuel Barrado y Experta Art S.A. en el expediente por enfermedad profesional. La decisión se fundamentó en que lo pactado cumple con los requisitos legales y no afecta derechos de orden público, logrando una justa composición de intereses (arts. 15, ley 20.744; 833 y sig. del C. Civil; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057). La homologación implica que se considera conveniente y ajustado a derecho, suspendiendo la audiencia prevista para el 17/09/2025, y estableciendo condiciones para el pago de costas, tasas, honorarios y depósitos. Los jueces expresaron que el acuerdo refleja una solución justa y equitativa, y que la homologación es procedente en atención a la voluntad de las partes, sin que exista afectación de derechos de orden público.

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