FERNANDEZ YAEL MAGALI C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo conciliatorio en el expediente de accidente de trabajo, rechazando la objeción del juez Triemstra por insuficiencia de elementos objetivos. La resolución confirma la validez del convenio, la imposición de costas a la demandada y regula honorarios y costas procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Fernández Yael Magali, demanda a la aseguradora de riesgos del trabajo, Asociaciónart S.A., por un accidente laboral. La controversia se centra en la homologación de un acuerdo conciliatorio entre ambas partes. La jueza Cáceres consideró que la conciliación no vulnera principios de orden público, que constituye una justa composición de derechos e intereses, y que la multa pactada resulta proporcional. La magistrada señaló que la conciliación contribuye a la celeridad procesal, especialmente en cuestiones de índole alimentaria, y que la misma ha sido acordada en un marco que respeta las disposiciones legales aplicables, incluyendo las normas del CCC y la Ley de Contrato de Trabajo (arts. 12 y 15). En contraste, el juez Triemstra votó en disidencia, advirtiendo que no existen elementos objetivos suficientes, como la pericia médica, que respalden la homologación del acuerdo. La Cámara, por mayoría, resolvió homologar el acuerdo conciliatorio, teniendo presente el desistimiento respecto del reclamo por daño psicológico, imponiendo costas a la demandada, regulando honorarios profesionales y periciales, y estableciendo las condiciones para el pago y acreditación de los mismos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: