FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ EIDICO SA S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia que ordena el trance y remate de la ejecución por deuda fiscal, confirmando la liquidación y condena en costas, debido al vencimiento de la parte demandada en presentar excepciones y al carácter de vencida en el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La autoridad judicial dictó sentencia en la causa en la que el Fisco de la Provincia de Buenos Aires demanda a EIDICO S.A. por un apremio fiscal. La sentencia ordena el trance y remate de la ejecución, reconociendo que la parte demandada no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le atribuye la pérdida del derecho a ejercer y que ha dejado de usar. Se establece que EIDICO S.A. debe pagar a la actora la suma de $415.463,30, con intereses desde el 12/5/2025, y se imponen costas a la vencida. El juez fundamenta que, al no haberse presentado excepciones legítimas, procede la ejecución y el remate, con base en lo dispuesto por los arts. 116 y 155 del C.P.C.C., arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406, y en las normativas del Código Fiscal. La sentencia también deja constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del juzgado. Fundamentos principales: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." "De conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406." "Se ordena el trance y remate de la causa de ejecución, condenando en costas a la parte vencida y difiriendo la regulación de honorarios." "Se tiene por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada." Incluyó la referencia a la traba de medidas cautelares en virtud del art. 14 del Código Fiscal y la aplicación de los intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal.
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