CALTABIANO RUBEN EDGARDO C/ MUNICIPALIDAD DE QUILMES S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
La sentencia rechazó la demanda por falta de legitimación activa del actor y confirmó la inexistencia de responsabilidad del Municipio, en virtud de la falta de acreditación de la titularidad del vehículo y la inexistencia de nexo causal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Rúben Edgardo Caltabiano, promovió una acción indemnizatoria contra la Municipalidad de Quilmes y Provincia Seguros S.A., reclamando una suma de $46.300 por daños en su vehículo Ford F 350, alegando que fue colisionado por una retroexcavadora municipal conducida por Pablo Aquino en Bernal Oeste el 23/01/2017. La demandada Municipalidad argumentó que no acreditó la propiedad del vehículo ni su responsabilidad, además de que invocó la inaplicabilidad del régimen de responsabilidad civil del Código Civil y Comercial al Estado, por tratarse de responsabilidad estatal y no civil. La aseguradora negó la existencia del siniestro y su responsabilidad. El tribunal, tras analizar la prueba y los argumentos, concluyó que el actor no acreditó la titularidad del vehículo, careciendo así de legitimación activa para reclamar, y además, que no existió prueba suficiente de responsabilidad del Municipio. Se desestimó la demanda y se impusieron costas a la parte actora. Fundamentos principales: "En autos, el Sr. Caltabiano pretende una indemnización por supuestos daños en el vehículo Ford F350, que dice ser de su propiedad, pero nada aporta al respecto. Es decir, no sólo no acompaña el titulo de dominio del automotor, sino que de la escueta prueba producida no surge que el vehículo sea de su propiedad, contrariando con ello, el principio básico para acreditar la legitimación para obrar." "De la documentación acompañada por el actor, no surge que el automotor sea de su titularidad, por cuanto no acompaña título del automotor ni cédula verde del mismo que acredite que dicho vehículo sea de su dominio." "Por lo tanto, la falta de legitimación activa del actor, que no acredita ser titular del bien, impide la continuidad de la acción, dado que la legitimación constituye un presupuesto procesal esencial." "Por ello, la excepción de falta de legitimación planteada por la Municipalidad de Quilmes debe ser acogida, rechazándose la demanda en consecuencia." "Las reglas sobre responsabilidad civil del Código Civil y Comercial no son aplicables subsidiariamente respecto del Estado, en virtud de lo dispuesto por la ley 26.944 y la normativa específica, por lo que no se configura responsabilidad alguna del Municipio."
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