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GRAZIANO LEONARDO RUBEN S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara la sucesión ab-intestato de Leonardo Ruben Graziano, fallecido el 6 de octubre de 2023, y establece como herederas a sus hijas Karina Paula Graziano, Ariana Florencia Graziano y Camila Soledad Graziano Rivas, en virtud de la documentación probatoria y publicaciones del edicto.


- Quién demanda: Las herederas Karina Paula Graziano, Ariana Florencia Graziano y Camila Soledad Graziano Rivas.

¿A quién se demanda?

A Leonardo Ruben Graziano (fallecido).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de la sucesión por fallecimiento y reconocimiento como herederas en carácter de universales herederos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la sucesión ab-intestato del causante, fallecido el 6 de octubre de 2023, y que por su fallecimiento le suceden en carácter de herederas sus hijas. La resolución se fundamenta en la prueba documental acompañada y en la publicación del edicto, constatándose la inexistencia de otros herederos o reclamaciones en el plazo legal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Que con el certificado acompañado en formato pdf en la presentación titulada DEMANDA
- SE PRESENTA (250200438024994139) se acredita la defunción de LEONARDO RUBEN GRAZIANO, ocurrida el 6 de octubre de 2023. Que este había contraído matrimonio con MARIA CRISTINA CLEMENTEL el día 17 de octubre de 1968, y de esa unión nacieron Karina Paula Graziano y Ariana Florencia Graziano. Que la documentación acompañada en formato pdf a la presentación DEMANDA
- SE PRESENTA (250200438024994139) se acredita la constancia del expediente de divorcio entre el causante y Clementel, en trámite en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro.3 Departamental, y que Clementel manifestó su separación de hecho y renunció a la herencia. Que con la documentación se acredita la unión convivencial del causante con Tonia Yvett Rivas Barrios, y el nacimiento de Camila Soledad Graziano Rivas. Que, según información del actuario y publicaciones en el Boletín Oficial, se constató la publicación del edicto de ley en el día 3 de enero de 2025, sin oposición conocida. Que en virtud de las disposiciones del Código Civil y Comercial y del Código Procesal Civil y Comercial, corresponde declarar la sucesión ab-intestato del fallecido y que las herederas son sus hijas mencionadas, en iguales proporciones.

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