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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SARMIENTO DE GOMEZ, VERONICA Y OTROS s/INFRACCION ART.2 PRIMER PARRAFO DE LA LEY 26364 SEGUN LEY 26842

La Cámara Federal de Casación Penal resolvió desistir del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, tras el desistimiento del fiscal general del recurso contra la decisión que declaró extinguida la acción penal por prescripción y sobreseyó a los imputados José Luis Aguiar y María Alejandra Valdettaro, en un caso de explotación económica de la prostitución agravada por vulnerabilidad. La resolución se fundamenta en la art. 443, tercer párrafo, del CPPN, y ordena remitir las actuaciones al tribunal de origen. La decisión implica la aceptación del desistimiento y la consecuente confirmación de la resolución anterior, sin costas por tratarse de un desistimiento del recurso.

Desistimiento Vulnerabilidad Recurso de casacion Sobreseimiento Explotacion sexual Extincion por prescripcion Camara federal de casacion

Quién demanda: Ministerio Público Fiscal (fiscal general Javier A. de Luca)

¿A quién se demanda?

No se demanda, se interpone recurso de casación por parte del Ministerio Público Fiscal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la decisión del Tribunal Oral Federal N° 3 que declaró extinguida la acción penal por prescripción y sobreseyó a los imputados José Luis Aguiar y María Alejandra Valdettaro por delito de explotación económica de la prostitución agravada

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Alejandro W. Slokar y Guillermo J. Yacobucci, resolvió tener por desistido el recurso de casación interpuesto, en virtud de la renuncia del fiscal general y en cumplimiento del art. 443 del CPPN, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen. La sentencia no analiza los méritos del fondo del asunto, sino que confirma la decisión previa por desistimiento del recurso. Fundamentos principales de la decisión: "Que conforme surge del escrito presentado, el fiscal general Javier A. de Luca desistió del recurso de casación deducido por su antecesor, contra la decisión del Tribunal Oral Federal N° 3 de esta Ciudad que resolvió declarar extinguida por prescripción la acción penal respecto de José Luis Aguiar y María Alejandra Valdettaro y en consecuencia sobreseerlos del delito de explotación económica de la prostitución ajena, agravada por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, en calidad de participes secundarios." "Que en virtud de lo dispuesto en el art. 443, tercer párrafo, del ritual, corresponde tener por desistido el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal; sin costas." "Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: TENER POR DESISTIDO el recurso de casación deducido en las presentes actuaciones por el representante del Ministerio Público Fiscal, sin costas." Disidencias: No hay votos en disidencia; la resolución fue por desistimiento del recurso.

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