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KASE S.A. C/ GONZALEZ CESAR OSVALDO BERNABE S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena la ejecución de la suma de $20.054,23, más intereses y punitorios, en favor de KASE S.A. contra Cesar Osvaldo Bernabe Gonzalez, confirmando la validez de la deuda y ordenando el remate del bien del ejecutado.

Sentencia Deuda Cobro ejecutivo Interes compensatorio Domicilio constituido Remate Ejecucion forzada Costas. Punitorios Arts. 540 548 549 del cpcc

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): KASE S.A. A quién se demanda (Demandado): Cesar Osvaldo Bernabe Gonzalez Qué se reclama (Objeto de la demanda): Cobro ejecutivo por la suma de $20.054,23, intereses compensatorios, punitorios y IVA. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La causa de trance y remate, ordenando la ejecución hasta el pago íntegro de la suma adeudada, con los intereses, punitorios y IVA correspondientes. La sentencia fundamenta que, tras diligenciarse el mandamiento en el domicilio del demandado y no haberse opuesto excepciones, se da por perdido el derecho del demandado. Se establece además que los intereses se calcularán conforme a lo acordado por las partes y que las costas son a cargo de la demandada. La regulación de honorarios se posterga para futura oportunidad. Se constituye domicilio en los estrados del juzgado. Fundamentos principales de la decisión: "Atento al resultado del mandamiento que se diligenciara a la accionada en su domicilio... y no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 155 y 166 del C.P.C.C.)." "Por ello: En virtud de lo solicitado y dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del C.P.C.C., se ordena la ejecución hasta que el ejecutado haga al acreedor KASE S.A. íntegro pago de la suma de $20.054,23." "Los intereses compensatorios se devengan desde el 09/12/2015 y se calcularán conforme a lo acordado, sin superar una vez la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires." "Los punitorios se devengan desde la mora del deudor, el 09/03/2016, y se calcularán conforme a lo acordado, sin superar media vez la tasa y parámetros indicados." "Las costas son a cargo del demandado." "Postérgase la regulación de honorarios para la oportunidad en que se fije el monto por el cual prospere la ejecución." "Se tiene por constituido el domicilio en los estrados del juzgado."

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