BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ KRYSKO CECILIA INES S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia resuelve la satisfacción del reclamo por parte del actor, la regulación de honorarios y el levantamiento de la medida cautelar tras el pago total de la deuda, considerando la importancia, monto y características del proceso y justificando la decisión en la percepción del pago y la consecuente resolución del crédito.
La parte actora, Banco Credicoop Cooperativo Limitado, informó que ha recibido de la parte demandada, Cecilia Inés Krysko, la totalidad de la deuda reclamada, que asciende a $372.000 en concepto de capital, intereses e IVA, y que en consecuencia, otorgó carta de pago y se da por satisfecho el reclamo. La sentencia señala: "Que la parte actora denuncia haber percibido de la parte demandada la totalidad de la deuda reclamada ($372.000 en concepto de capital, intereses e IVA respecto de la presente acción), otorgando carta de pago a sus efectos." Además, en atención al monto y naturaleza del proceso, se regula la honorarios del letrado de la parte actora, Dr. Pablo Agustín Morato, en siete jueces (7 JUS), más un 10% adicional, conforme a la ley arancelaria. Finalmente, se ordena el levantamiento de la medida cautelar, en virtud del pago total, y se registra la documentación correspondiente. La decisión se fundamenta en la prueba de pago y la importancia del proceso, justificando la medida y honorarios en las disposiciones legales aplicables y en la satisfacción del crédito.
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