Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RAMIREZ PAREDES, OSVALDO SANTIAGO s/ROBO DENUNCIANTE: YUN, YOUN HEE
La Cámara confirmó la sentencia que condenó a Osvaldo Santiago Ramírez Paredes a siete meses de prisión por el delito de robo simple, manteniendo la calificación legal y la declaración de reincidencia, fundamentada en la existencia probatoria y los antecedentes del imputado.
- Quién demanda: El Estado, en defensa del interés público y la víctima Youn Hee Yun.
¿A quién se demanda?
Osvaldo Santiago Ramírez Paredes.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por el delito de robo simple, incluyendo la declaración de reincidencia, y la imposición de la pena de siete meses de prisión y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la pena y la declaración de reincidencia, por considerar que la prueba material, testimonial y documental acreditó la materialidad y autoría del hecho y la conducta del imputado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamentó que la materialidad del robo quedó acreditada por las declaraciones de la víctima Youn Hee Yun, el croquis policial, las actas de secuestro y las características físicas del imputado, que son concordantes con la descripción de la víctima. Se consideró que la violencia ejercida en el acto delictivo cumplió con el elemento de violencia exigido por el artículo 164 del Código Penal, y que el hecho fue consumado, dado que el imputado logró apartar parte de las pertenencias de la víctima. La conducta del imputado fue calificada como dolosa y violenta, sin errores de tipo ni causas de justificación. La pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo fue considerada adecuada por las circunstancias agravantes y atenuantes, así como por las antecedentes del condenado. La declaración de reincidencia se basó en su condena previa de cuatro años y seis meses, firme desde 2020.
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