P.A. s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal homologó el acuerdo de procedimiento abreviado y declaró a A.P. responsable del delito de robo en concurso con circunstancias agravantes. La decisión se basó en la conformidad del imputado, las pruebas recabadas y la reconocimiento del hecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal, integrada por la jueza María Rosa Cassará, analizó un acuerdo de procedimiento abreviado presentado por las partes en el que A.P. reconoció haber participado en un hecho de robo agravado en lugar poblado y en banda, ocurrido el 1 de marzo de 2024 en la Ciudad de Buenos Aires. La víctima, Inés María Kishkill, fue asaltada por tres individuos que le arrebataron un teléfono móvil y se dieron a la fuga, siendo detenidos posteriormente en un operativo policial. La prueba testimonial, policial y el reconocimiento de la víctima acreditan la participación del imputado. La Cámara consideró que no existe causa de justificación y que la conducta es reprochable. El acuerdo fue homologado, y se declaró al imputado penalmente responsable, con suspensión de la causa hasta el 5 de enero de 2026, en virtud de su edad (menor de edad al momento del hecho).
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