Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ACOSTA, MONICA BEATRIZ Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: PANDRA , FEDERICO JOSE
La Cámara confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso por robo agravado con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, y dispuso obligaciones de residencia y control para la imputada. La decisión se fundamentó en la materialidad, participación y correcta calificación legal del hecho.
- Quién demanda: No corresponde.
¿A quién se demanda?
Mónica Beatriz Acosta.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por el delito de robo agravado con arma de fuego.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la imputada a tres años de prisión en suspenso y obligaciones de residencia y control.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró acreditada la materialidad del hecho y la participación de la imputada, mediante las pruebas rendidas, incluyendo declaraciones, informes, reconocimiento en rueda y registros telefónicos. La calificación legal de robo agravado por uso de arma cuya aptitud para disparar no pudo acreditarse fue correcta, sustentada en la normativa y en la voluntad del legislador de sancionar conductas que generen mayor intimidación, incluso si el arma no puede ser acreditada como capaz de disparar. La pena de tres años en suspenso fue considerada adecuada, en línea con los principios de proporcionalidad y mínima intervención. La imputada debe cumplir obligaciones de residencia y someterse a control por tres años. La condena se dispuso con fundamentos en la materialidad, participación y en la interpretación de la agravante del arma, además del reconocimiento de la imputada y las pruebas existentes.
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