Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MENDOZA, MATIAS ALEJANDRO EZEQUIEL Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: ALTRUDI, JAVIER AGUSTIN
La Cámara confirmó la condena de tres años de prisión en suspenso por robo simple, evaluando la prueba y las circunstancias del hecho, y mantuvo la modalidad de cumplimiento en suspenso, considerando la gravedad del delito y la personalidad de los imputados.
- Quién demanda: Las partes en el proceso no especifican un actor particular, sino que la sentencia se dicta en un proceso penal.
¿A quién se demanda?
A Matías Alejandro Ezequiel Mendoza y Dylan Omar Sanagua.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La calificación legal del hecho y la imposición de pena de tres años de prisión en suspenso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena impuesta en primera instancia, manteniendo la calificación de robo simple y las penas de tres años en suspenso para ambos imputados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la materialidad del hecho, la responsabilidad penal, y la ausencia de causales de justificación, concluyendo que los hechos constituyen un delito de robo simple. Se valoró que la utilización del destornillador no cumple los requisitos para calificarlo como arma agravada, por lo que se consideró el delito en su figura básica. La pena fue ajustada a los parámetros del artículo 40 y 41 del Código Penal, considerando atenuantes y agravantes, y se dispuso que la modalidad de cumplimiento sea en suspenso por la gravedad del hecho y la personalidad de los imputados. La Cámara también ordenó la libertad de los condenados, con las formalidades correspondientes.
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