Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: JAIME, ALBERTO JOSE s/INFRACCION LEY 20.974 (ART.33 INC.D)

La Cámara Federal confirmó la condena de un año de prisión en suspenso y las costas del proceso impuestas a Alberto José Jaime por el delito de uso ilegítimo de documento público ajeno, en virtud de acuerdo de juicio abreviado. La decisión se fundamentó en la admisión del hecho por parte del imputado, la existencia de pruebas fehacientes y la conformidad con la calificación legal y pena propuesta. La Cámara consideró que la conducta del imputado, quien utilizó ilegítimamente el DNI de su hermano para identificarse ante Gendarmería Nacional en abril de 2019, constituye un delito previsto en el art. 33 inc. “d” de la ley 20.974, y que no existen causas de justificación o inculpabilidad que la tornen lícita. La pena de un año en suspenso fue considerada adecuada dada la naturaleza del hecho, la personalidad del imputado, su falta de antecedentes y las circunstancias del caso. Se dispuso además la devolución del DNI a su titular, Mario Guillermo Jaime. La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 con la firma del juez Nicolás Toselli.

Recurso de apelacion Delito Camara federal Uso ilegitimo de documento Juicio abreviado Responsabilidad penal Pena en suspenso Sentencia. Ley 20.974 Identificacion falsa

¿Qué se resolvió en el fallo?

El imputado Alberto José Jaime fue acusado de haber utilizado ilegítimamente el DNI de su hermano Mario Guillermo Jaime al identificarse ante Gendarmería Nacional en abril de 2019, en el marco de un pedido de captura. La Cámara Federal, tras analizar las pruebas documentales, testimoniales y los antecedentes del caso, concluyó que quedó acreditado que Jaime, en conocimiento de que el documento era ajeno y con la intención de eludir la orden de captura, usó el DNI de su hermano. La calificación legal corresponde al delito de uso ilegítimo de documento público ajeno, previsto en el art. 33 inc. “d” de la ley 20.974, y el grado de responsabilidad del imputado como autor quedó plenamente probado. La Cámara confirmó la pena de un año de prisión en suspenso y las costas, considerando que la conducta no tiene justificación ni excusa, que la pena impuesta es adecuada y que la modalidad de la condena en suspenso cumple con los principios de prevención y justicia. Se ordenó además la devolución del DNI a su titular y la comunicación a las autoridades correspondientes.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar