Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PONCE CAPAC, CLEVER s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DAMNIFICADO: COCHA, AGUSTINA MAILEN Y OTRO
La Cámara confirmó la sentencia que condenó a Clever Ponce Capac a una pena de tres años de prisión condicional por delitos de abuso sexual reiterado y amenazas coactivas, aplicando además reglas de conducta y medidas de protección para la víctima.
- Quién demanda: El Ministerio Público Fiscal y la víctima Agustina Mailen Cocha.
¿A quién se demanda?
Clever Ponce Capac.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La elevación a juicio del imputado por delitos de abuso sexual simple reiterado, agravado, y amenazas, y la condena a tres años de prisión condicional, obligaciones de conducta y medidas de protección.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena impuesta en primera instancia, considerando probados los hechos de abuso sexual reiterado y amenazas coactivas, con base en las declaraciones de la víctima, informes periciales, y la aceptación del acuerdo por parte del imputado, que admitió los hechos en los términos del art. 431 bis del CPPN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró que las declaraciones de la víctima, su madre y los informes periciales son claras, concordantes y conducen a una única reconstrucción de los hechos. Se consideró que el imputado actuó en mano propia, con dominio de los hechos, y que las conductas descritas constituyen delitos de abuso sexual reiterado y amenazas coactivas, en un contexto de convivencia preexistente. La aceptación del acuerdo y la confesión del imputado habilitaron la imposición de la pena de tres años de prisión condicional, sin antecedentes penales, y las reglas de conducta correspondientes. La decisión está fundada en la valoración de la prueba y en la legalidad del procedimiento abreviado.
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