Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FRANCO , MARIA GRACIELA Y OTRO s/HURTO DAMNIFICADO: SAHAKIAN, CORINA ISABEL ADRIANA
La Cámara confirmó las penas de prisión en suspenso y las obligaciones impuestas a Franco, además de la pena de Romero, tras analizar la materialidad, participación y graduación de las penas. La decisión se fundamentó en la suficiencia de las pruebas y en la proporcionalidad de las sanciones.
- Quién demanda: No aplica (es una resolución de la Cámara)
¿A quién se demanda?
No aplica
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra la sentencia que impuso penas de prisión en suspenso y obligaciones a Franco y Romero.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó las penas y las obligaciones, unificando la condena de Franco en un año y cuatro meses de prisión en suspenso, y estableció la libertad de Franco y la detención de Romero hasta el 12 de julio de 2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la materialidad y participación, calificando el hecho como hurto en grado de tentativa en calidad de coautores, y consideró adecuada la graduación de la pena, teniendo en cuenta las circunstancias del hecho y las condiciones socio-ambientales de los imputados. Se valoraron las pruebas documentales, testimoniales y periciales, concluyendo que resultaba suficiente para tener por acreditada la responsabilidad penal. La unificación de las penas se realizó mediante el método composicional, ajustándose al principio de ley penal más benigna. La modalidad de la pena en suspenso y las obligaciones de Franco fueron consideradas adecuadas, y se dispuso su inmediata libertad. La pena de Romero se computará hasta el 12 de julio de 2025, fecha en la que será puesto en libertad.
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