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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MIGUEL, FABIO DANIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

La Cámara confirma la condena de Fabio Daniel Miguel a siete años y seis meses de prisión unificada, tras unificar las penas de distintas causas, y revoca la condena en suspenso. La decisión se basa en el artículo 58 del Código Penal y la consolidación de las condenas previas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Apelaciones en lo Criminal Federal 2 confirma la condena de Fabio Daniel Miguel a siete años y seis meses de prisión, unificando las penas impuestas en distintas causas por delitos relacionados con tráfico de sustancias y delitos conexos. La sentencia de primera instancia, dictada el 13 de agosto de 2024, fue apelada por el Ministerio Público Fiscal y la defensa, quienes solicitaron la unificación en una sola pena. La Cámara analizó la normativa del artículo 58 del Código Penal, que permite la unificación de penas en casos de múltiples condenas firmes, y decidió aplicar dicho artículo, considerando que la pena mayor fue la impuesta por el Tribunal Federal N° 2. Basó su decisión en que la unificación es una atribución excepcional del juez, que debe limitarse a la individualización de la pena, monto y ejecución, y que en este caso corresponde dictar una única condena de siete años y seis meses, teniendo en cuenta la gravedad de los delitos, el tiempo de detención ya cumplido, y los antecedentes del condenado. La sentencia también revoca la condena en suspenso y ordena la remisión de las actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal para la ejecución de la pena.

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