Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VALDEZ BAEZA, BRAIAN NICK s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DENUNCIANTE: GIMENEZ , ANGEL DE JESUS
La Cámara confirmó la sentencia que homologó un acuerdo de juicio abreviado, imponiendo a Valdez Baeza una condena de un año y seis meses de prisión condicional por el delito de robo simple, y dispuso su excarcelación y medidas relacionadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara revisó la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 26 que homologó un acuerdo de juicio abreviado con la finalidad de condenar a Braian Nick Valdez Baeza por el delito de robo simple. La fiscalía solicitó una condena de tres años de prisión de ejecución condicional, y el imputado, con la asistencia de su defensor, prestó conformidad. La sentencia homologada estableció una pena de un año y seis meses de prisión condicional, reglas de conducta por dos años, intervención de Migraciones para evaluar la posible expulsión, y dispuso la excarcelación del imputado. La Cámara verificó la validez del acuerdo, la materialidad y autoría probadas, la calificación legal adecuada y la inexistencia de causas de justificación o eximentes. Además, consideró que la pluralidad de intervinientes en el hecho constituye circunstancia agravante, pero que la conducta debe calificarse como robo simple en razón de la ausencia de acuerdo previo entre los sujetos. La decisión se fundamenta en la interpretación del término “banda” en el artículo 167 inciso 2° del Código Penal, optando por una interpretación restrictiva que requiere un concierto previo, y concluye que la conducta del imputado constituye coautoridad en el delito de robo simple. La sentencia homologada fue confirmada en todos sus términos, manteniendo la pena, reglas de conducta, y medidas de expulsión y excarcelación.
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