Asignación Tribunal Oral TO01 - OJEDA EDGARD LEONEL JESUS Y OTRO s/ROBO
La Cámara declaró extinta por prescripción la acción penal en causa por robo agravado en grado de tentativa. La decisión se fundamenta en el cumplimiento del plazo máximo de vigencia de la acción, operado desde la condena de 2016, sin que existan actos interruptivos posteriores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional N° 4 de la Capital Federal, en revisión de la causa N° 500000700/2011/TO1, resolvió declarar extinguida por prescripción la acción penal contra ELJO por el delito de robo agravado en grado de tentativa. La parte fiscal consideró que desde el 7 de enero de 2016, fecha del último acto interruptivo, había operado la prescripción. La causa fue iniciada en 2011 y la condena previa en 2016, con un plazo máximo de prescripción que fue alcanzado en mayo de 2025. La sentencia fundamenta que "habiendo operado al día de la fecha el plazo máximo de vigencia de la acción penal en su oportunidad instaurada en el legajo, correspondiente al monto máximo de pena señalado para los delitos atribuidos", la acción debe considerarse extinguida. La sentencia además sobreseyó a ELJO en orden a la causa, sin costas. La resolución se basa en los arts. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del Código Penal de la Nación y arts. 334, 336 inc. 1°, 337 del Código Procesal de la Nación.
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