Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALEGRE, MARIANA MARIA Y OTRO s/INFRACCION LEY 26.485 DENUNCIANTE: OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA Y OTROS
La Cámara declaró extinta la acción penal y sobreseyó a Mariana María Alegre tras cumplir las reglas de conducta impuestas en la suspensión del juicio a prueba, considerando que no cometió nuevos delitos y que se cumplió con la reparación ofrecida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La imputada Mariana María Alegre fue sometida a una suspensión del proceso a prueba por dos años, en virtud de una resolución del 21 de marzo de 2023, en la que se le impuso fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato y pagar una suma de $3.000 en cuotas a las víctimas.
- Posteriormente, el control de la ejecución fue favorable, y se constató que no cometió nuevos delitos durante el plazo de suspensión.
- La Fiscalía opinó que correspondía declarar la extinción de la acción penal y el sobreseimiento, dado que se cumplió con las reglas y no existen antecedentes de delitos posteriores.
- La Cámara, tras analizar los informes del Registro Nacional de Reincidencia y las constancias del proceso, declaró la extinción de la acción penal por cumplimiento de las reglas establecidas y dispuso el sobreseimiento de la imputada.
- La resolución final establece: "DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal por el cumplimiento de las reglas impuestas en la suspensión del juicio a prueba en la causa 16347/2022 y, en consecuencia, SOBRESEER a Mariana María Alegre."
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