VASOLD, VANESA SOLEDAD c/ MPV CONSTRUCCIONES S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La sentencia de primera instancia condenó a las empresas y socios responsables por despido sin registrar y por daños y perjuicios, confirmando la existencia de vínculo laboral y la responsabilidad solidaria de los codemandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demandó por despido sin registrar, reclamando indemnizaciones y daños por la clandestinidad del vínculo laboral.
- El tribunal concluyó que la actora probó la existencia de relación laboral, la dependencia económica, y que las demandadas no aportaron prueba en contrario.
- Se afirmó que el vínculo encuadró en los arts. 21, 22 y 26 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y que la irregularidad en el registro y el despido incausado justificaron las indemnizaciones y daños.
- La sentencia destacó que los testimonios corroboraron la subordinación y tareas específicas en los establecimientos de las empresas demandadas, señalando la dependencia y control de los dueños y socios.
- Se hizo énfasis en que la clandestinidad y la omisión de pago de indemnizaciones generaron un daño que debe ser resarcido con una suma equivalente a 16 salarios mensuales, 12 por daño material y 4 por daño moral, además de condenar a las partes a pagar las costas del proceso.
- La sentencia también abordó aspectos constitucionales y de principios del Derecho del Trabajo, confirmando la constitucionalidad de la ley 27.742 y la protección progresiva de los derechos laborales.
- Se condenó en forma solidaria a los socios y a las sociedades, en atención a su participación en los hechos y la actuación personal en la gestión.
- Finalmente, se ordenó la entrega del certificado de trabajo y el pago de la suma total de aproximadamente $23.928.864,91, con intereses, y la condena a las demandadas por daños y perjuicios por la clandestinidad del vínculo y la omisión de pagos.
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