OLIVERA NICACIO C/ TERMIPOL S.A. S/ DIFERENCIAS SALARIALES
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral, que homologó el Tribunal del Trabajo de Zárate, y la regulación de los pagos y costas del acuerdo. La decisión se fundamentó en que el acuerdo lograba una justa composición de derechos e intereses, sin violar el orden público, y debía ser homologado en virtud de los arts. 12, 13, 15, 277 LCT y arts. 24-27 ley 15057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Nicasio Olivera, y la demandada, Termipol S.A., alcanzaron un acuerdo conciliatorio por la suma de 600.000 pesos, que la demandada aceptó solo a efectos conciliatorios, comprometiéndose a pagar en septiembre de 2025. La homologación del acuerdo fue solicitada y resuelta por el Tribunal, considerando que la conciliación refleja una justa composición de derechos y no viola el orden público, autorizando la homologación bajo los arts. 12, 13, 15, 277 LCT y arts. 24-27 ley 15057. El tribunal dispuso además medidas para la efectiva acreditación del pago, regulación de costas, pago de honorarios y contribuciones, y la suspensión del plazo para el pago del capital hasta acreditar la titularidad de la cuenta bancaria del actor. La decisión fue adoptada por unanimidad con el voto del tribunal en conformidad con el fundamento del voto de la jueza Saldaña.
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