MOULIA VIVIANA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA O ANTICIPADA - PREVISION
La justicia ordenó al IPS cumplir con la beneficio previsional otorgado a la actora mediante resolución firme, debido a la verosimilitud del derecho y la urgencia por ser un beneficio alimentario. La medida cautelar fue admitida para garantizar el pago inmediato de haberes jubilatorios, priorizando derechos vulnerables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Viviana Moulia, demanda al Instituto de Previsión Social (IPS) solicitando el cumplimiento inmediato de una resolución firme que le otorga el beneficio de jubilación ordinaria. La parte actora argumenta que el IPS no ha cumplido con dicha resolución, violando su derecho alimentario y la legitimidad del acto administrativo. La Fiscalía de Estado presenta defensa argumentando la improcedencia de la vía y la falta de fundamentos, pero el tribunal concluye que la tutela autosatisfactiva es procedente en este caso. La sentencia fundamenta que la resolución administrativa está firmada y no ejecutada, que la parte actora se encuentra en situación de vulnerabilidad por su edad y carácter alimentario del derecho, y que el riesgo en la demora es alto, con menor perjuicio en caso de ejecutarse la medida cautelar. La decisión ordena al IPS cumplir con la resolución en cinco días, sin necesidad de contracautela y con costas a la demandada.
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