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SASONE LINDA C/ MARTINEZ OMAR ERNESTO Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral; el tribunal confirma el acuerdo tras verificar que cumple requisitos legales y no afecta derechos del trabajador. La homologación implica la aceptación de las partes y la regulación de costas y honorarios.

Costas Honorarios profesionales Acuerdo conciliatorio Proceso laboral Homologacion de acuerdo Ley 15.057 Apertura de cuenta judicial Pago de tasas Ley 20.744 Regulacion de fondos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Sasone Linda, demanda a Omar Ernesto Martinez y otro por homologación de un acuerdo conciliatorio alcanzado en el expediente 20253. La sentencia analiza si el acuerdo cumple con los requisitos legales y si es justo para homologarlo. El tribunal, integrado por los jueces Razzari, Guerrieri y Bruno, revisa la validez del acuerdo, considerando que las partes pactaron libremente, sin renuncias a derechos ni afectación de disposiciones de orden público, y que el mismo involucra todos los rubros reclamados y costas. El Dr. Razzari expresa que "lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas," y que "es de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." Los otros jueces adhieren a este parecer. La resolución homologatoria se fundamenta en los arts. 15 de la ley 20.744, arts. 833 y siguientes del Código Civil, arts. 73 y siguientes del CPCC y arts. 24, 30 y 89 de la ley 15.057, concluyendo que "se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes." Además, se regula el pago de costas y honorarios, estableciendo que la demandada abonará el 50% de las costas, equivalente a $19.800, en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento legal. Se ordena la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la transferencia de fondos, y se regula el pago de honorarios profesionales conforme a la ley 14.967, considerando la suma acordada y los porcentajes correspondientes. La resolución incluye además instrucciones para el pago de la Tasa de Justicia y la acreditación de los pagos, así como la regulación de honorarios y obligaciones de las partes y profesionales intervinientes.

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