Logo

ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO C/ MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN S/PRETENSION ANULATORIA EXPTE ADM. 12828-D-2019- DENUNCIANTE. SUELDA MARIA RAMONA

La sentencia de primera instancia rechazó la nulidad del acto administrativo sancionatorio y confirmó la multa impuesta por incumplimiento de acuerdo conciliatorio, argumentando que la conducta de la empresa fue imputable y que la resolución administrativa estuvo debidamente fundada.

Recurso de apelacion Prueba documental Inconstitucionalidad Dano directo Sancion administrativa Nulidad acto administrativo Incumplimiento acuerdo conciliatorio Ley 24.240 Proteccion consumidores Motivacion acto

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO S.A., demandó la nulidad de la resolución administrativa que le impuso una multa de $10.000 y una indemnización de $2.000 por incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado con la denunciante, Suelda María Ramona Antonia. Argumentó que no existió incumplimiento, que la transferencia fue realizada dentro del plazo y monto acordado, y que la resolución careció de motivación suficiente y fue producto de un error en la verificación de los datos bancarios. La Administración, por su parte, sostuvo que la omisión en el pago, acreditada por los registros bancarios, configuró incumplimiento del acuerdo, y que la resolución fue fundada en hechos probados y en la normativa aplicable. El tribunal, tras analizar la prueba y los argumentos, concluyó que la sanción y la resolución estaban debidamente fundamentadas y que no existían vicios que la invalidaran. La apelación fue rechazada y se confirmó la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal valoró la prueba documental aportada por la administración, que acreditaba la omisión en el cumplimiento del acuerdo conciliatorio. Reiteró que la carga probatoria recae en la parte que afirma hechos en su beneficio, y que en este caso la empresa no logró demostrar que realizó la transferencia en los términos acordados. Se destacó que la normativa de protección al consumidor permite sancionar el incumplimiento de acuerdos homologados, y que la presunción de validez del acto administrativo no fue desvirtuada por la parte actora. Además, se rechazaron los agravios relativos a la motivación y a la constitucionalidad del art. 40 bis de la Ley 24.240, pues la actuación administrativa fue fundada en hechos concretos y en la normativa vigente, con control judicial suficiente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar