OTTAVIANO CARLOS EZEQUIEL C/ SEGURO METAL COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La sentencia de primera instancia declara la responsabilidad de la aseguradora por daño total del vehículo de Ottaviano y la condena a pagar la suma de $12.817.455, más intereses y costas. La decisión fundamenta en la prueba pericial, la valoración de daños y la interpretación contractual y normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Ottaviano Carlos Ezequiel, demanda a Seguro Metal Cooperativa de Seguros por incumplimiento contractual y daños derivados del siniestro vial ocurrido el 6/01/2023, reclamando la cobertura por daño total del vehículo Chevrolet Cruze, valorado en la póliza en $3.318.000, con ajuste del 30%. Otorgó prueba pericial que concluyó que los daños superaban el 80% del valor de mercado al momento del siniestro, configurando destrucción total. La aseguradora, en su defensa, negó la existencia de daño total y alegó incumplimientos formales en la denuncia, además de cuestionar la valoración pericial, ofreciendo informes contradictorios. La sentencia sostiene que la carga probatoria recae en la aseguradora, que no logró acreditar la inexistencia de daño total, y que los presupuestos de reparación superan el 80% del valor del vehículo, habilitando la cobertura. La decisión también rechazó el daño punitivo y la indexación de intereses por inconstitucionalidad de las normas prohibitorias, aplicando intereses a tasa activa y capitalización desde la mora del 31/05/2023. La condena incluye el pago de la suma de $12.817.455, intereses y costas, y la obligación de entregar los restos del vehículo en caso de aceptación de la indemnización.
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