CRESPI GUSTAVO C/ FERNANDEZ PEDRO CARLOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
Sentencia que ordena la ejecución de pago por honorarios de mediación en proceso ejecutivo, confirmando la reclamación por capital e intereses desde la mora, y ordenando el remate si no se paga la deuda en plazo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
GUSTAVO CRESPI demanda a PEDRO CARLOS FERNANDEZ en ejecución de honorarios de mediación por un monto de $17.893,70, más intereses desde la mora. La sentencia dispuso que, ante la falta de oposición del demandado dentro del plazo legal, se proceda a la ejecución del pago del capital y los intereses, hasta el pago efectivo, y que se lleve adelante el remate. Además, se impusieron las costas a la parte demandada y se constituyó el domicilio del demandado en los estrados del juzgado. La decisión se fundamenta en que la parte demandada no opuso excepciones dentro del término legal, y se aplicaron los arts. 116 y 155 del C.P.C.C. y los arts. 540 y 545 del C.P.C.C. para determinar el inicio de los intereses desde la mora y la ejecución forzada. La sentencia además aclaró que las costas se imponen a la parte demandada y que la regulación de honorarios queda diferida para oportunidad futura. La falta de oposición en el plazo legal llevó a la sentencia a ordenar la ejecución y el remate, en línea con la ley y la normativa procesal aplicable.
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