HOLSTEIN TOMAS DANIEL C/ ESPINDOLA LEANDRO JAVIER Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El tribunal homologó un acuerdo transaccional en un proceso por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La resolución confirma la validez del acuerdo, regula honorarios profesionales y establece las costas, siguiendo los principios del ordenamiento jurídico local y la ley de honorarios N° 14.967.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El demandante, Tomas Daniel Holstein, promovió demanda contra Leandro Javier Espindola y otro por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La parte demandada, SMG Compañía Argentina de Seguros S.A., contestó la demanda y presentó un acuerdo transaccional. El tribunal, tras analizar lo actuado y la documentación adjunta, homologó dicho acuerdo en los términos presentados, conforme a los arts. 162, 308 del C.P.C. y 1643 del Código Civil y Comercial. La decisión considera que las partes pactaron un monto de $18.000.000 y que el carácter sumario del proceso justifica la regulación de honorarios en base a la Ley 14.967, en particular el valor del convenio y los trabajos realizados. Se regula el pago de honorarios a los abogados y mediadora, además de las costas, con especial atención a la distribución de gastos y honorarios. Se informa también sobre la tasa de justicia y la sobretasa, notificando a las partes y profesionales intervinientes. La resolución se apoya en doctrina y normativa vigente, destacando que los honorarios pactados son acordes al valor del acuerdo y no vulneran el orden público ni configuran abuso.
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