GUGGISBERG, JONATHAN EZEQUIEL c/ PUGLIESI, EDUARDO RUBEN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La sentencia de primera instancia rechaza la demanda por daños y perjuicios por no haberse acreditado la participación del vehículo demandado en el accidente. La sentencia fundamenta que la prueba aportada no es suficiente para demostrar la ocurrencia del hecho dañoso ni la participación del vehículo demandado. Se destaca que no consta en las actuaciones prueba fehaciente del impacto ni identificación del rodado embestidor, lo que impide establecer la relación causal y por ende, condenar al demandado. Además, se argumenta que la actora no ofreció testigos ni prueba documental suficiente, y que la pericia mecánica no descarta la participación del Honda Fit. La sentencia también señala que la conducta procesal de la actora influye en la decisión, rechazando la demanda en todas sus partes y ordenando las costas a la parte actora.
- Quién demanda: Jonathan Ezequiel Guggisberg
¿A quién se demanda?
Eduardo Rubén Pugliesi y Caja de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aproximadamente $2.000.500 por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 3 de junio de 2023.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda por falta de prueba suficiente que acredite la participación del vehículo demandado en el hecho dañoso. La sentencia destaca que la prueba pericial no es concluyente y que no hay elementos objetivos que identifiquen el rodado causante del daño.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El único medio probatorio producido a fin de acreditar la ocurrencia del accidente, esto es, la pericial mecánica, no resulta suficiente para tener por acreditada la participación del rodado Honda Fit." "El perito únicamente tuvo a la vista la motocicleta del actor y no ha contado con ningún elemento objetivo, siquiera fotografías, del supuesto rodado embestidor, como para asegurar que fue el Honda Fit el vehículo que verdaderamente embistió a la motocicleta." "Por ello, no puede soslayarse que la parte actora no ofreció prueba a fin de acreditar la autenticidad de la denuncia de siniestro ni la identificación del vehículo embestidor." "En consecuencia, y considerando la escasez probatoria, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes."
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