GRECO SARA ROSANA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaran la herencia de Sara Rosana Greco a favor de su hija, María de Los Angeles Di Iorio, tras acreditar su fallecimiento y el vínculo parental. La resolución ordena inscribir la declaratoria de herederos y detalla los recaudos necesarios para dicha inscripción, fundamentando la decisión en la ley y en los informes presentados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El fallo declara la herencia de Sara Rosana Greco en favor de su hija, María de Los Angeles Di Iorio, tras comprobar su fallecimiento mediante certificado de defunción del 9 de junio de 2025, ocurrido el 30 de noviembre de 2024 en Mar del Plata. Se acreditó que la causante contrajo matrimonio con Juan José Di Iorio el 1 de diciembre de 1983, disuelto mediante sentencia de divorcio en 1989. También se verificó el nacimiento de la heredera, María de Los Angeles, el 21 de febrero de 1988. La resolución fundamenta que, con base en los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación, se cumple con los requisitos para la declaración de herederos y ordena la inscripción en el registro correspondiente. Se establece que, una vez cumplidos los recaudos, se procederá a la inscripción formal de la herencia, y se detallan las tareas administrativas y documentales previas a ello, incluyendo notificaciones, declaración jurada patrimonial, informes de dominio y pago de tasas e impuestos. La sentencia sostiene que la información aportada y los informes actuariales autorizan la declaración y que la intervención del fiscal concluye con la declaración de herederos.
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