LEYES, ARIEL FACUNDO (1) c/ ATMED S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La demanda por relación laboral y pago de indemnizaciones fue rechazada por no acreditarse la existencia de vínculo dependiente; la sentencia confirmó que el actor ejercía como profesional independiente en locación de servicios, sin subordinación jurídica ni laboral.
¿Quién es el actor?
Ariel Facundo Leyes
¿A quién se demanda?
ATMED S.R.L. y O.S.P.I.A
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnizaciones por despido, regularización laboral, pago de conceptos legales y solidaria responsabilidad por la relación triangular.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda por no acreditarse la existencia de relación laboral dependiente, fundamentando que las circunstancias particulares y la jurisprudencia vigente avalan la naturaleza de locación de servicios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La prueba testimonial y pericial no permiten inferir subordinación jurídica, técnica o económica propia de un contrato de trabajo, y se cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo en “Rica”, “Cairone” y “Pastore”, que sostienen que la locación de servicios autónomos no se encuentra proscrita por la ley civil ni por la ley laboral, y que la relación entre las partes en este caso no configura vínculo laboral. Además, se destaca que el actor facturaba honorarios a través de ATMED y que no figura inscripto en los registros laborales, reforzándose la naturaleza de locación. La sentencia también menciona que las declaraciones testimonial y la prueba pericial no acreditan la subordinación necesaria para configurar relación de dependencia, y que la jurisprudencia del más alto tribunal impide apartarse de sus precedentes en casos similares.
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