OLMOS, JUAN EDUARDO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
El juez de primera instancia corrige un error en la fecha de nacimiento consignada en una sentencia anterior. La decisión aclara que en la sentencia del 20/08/2025, la fecha correcta de nacimiento del interesado es 5 de abril de 1978 en lugar de 1998.
- Quién demanda: Juan Eduardo Olmos
¿A quién se demanda?
Poder Judicial de la Nación (en el marco de una solicitud de carta de ciudadanía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Corrección en la fecha de nacimiento consignada en la sentencia de agosto de 2025
¿Qué se resolvió?
El juez rectifica la fecha de nacimiento en la sentencia, estableciendo que debe leerse “5 de abril de 1978” en lugar de “5 de abril de 1998”
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que “Atento lo manifestado por el interesado en el escrito en despacho, toda vez que en la sentencia de fecha 20/08/2025 se ha consignado en forma errónea la fecha de nacimiento, corresponde rectificar dicho pronunciamiento... ASI SE ACLARA.” La corrección responde a una manifestación del interesado y a la necesidad de mantener la precisión en los datos personales del solicitante, sin que existan otros argumentos adicionales.
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