Incidente Nº 2 - IMPUTADO: PANIQUE, PABLO CESAR s/Audiencia de Suspensión de Proceso a Prueba (Art. 35)
La jueza de primera instancia homologó el acuerdo alcanzado entre las partes, suspendiendo el juicio a prueba por doce meses en orden al delito de uso de documento adulterado, y estableció obligaciones y reglas de conducta para el imputado, incluyendo una donación de un millón de pesos y tareas comunitarias en un Hogar de Ancianos.
- Quién demanda: No corresponde en este tipo de resolución
¿A quién se demanda?
No corresponde en este tipo de resolución
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo de suspensión del proceso a prueba
¿Qué se resolvió?
La jueza homologó el acuerdo y dispuso la suspensión del juicio a prueba por 12 meses, en orden al delito de uso de documento adulterado, art. 296 en función del art. 292 del C.P.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza explicó que, a partir de la solicitud del Ministerio Público y la defensa, y tras analizar las condiciones del acuerdo, consideró que se ajustaba a los requisitos del art. 35 del C.P.P.F. y la escala penal aplicable. La fiscalía y la defensa ratificaron la voluntad de realizar el acuerdo, y la jueza destacó que "el acuerdo propuesto resulta viable para resolver la situación procesal del imputado en orden al delito de uso de documento adulterado". Asimismo, se precisó que las condiciones incluyen una donación de $1.000.000, tareas comunitarias en un Hogar de Ancianos, y reglas de conducta como no cometer nuevos delitos y mantener el domicilio. La decisión se fundamenta en que "el acuerdo cumple con los requisitos legales y la justicia exige una salida alternativa en beneficio del imputado".
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