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ALDAVES SOLANGE GISELLE C/ GREY GARDENS S.R.L. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El tribunal rechazó la demanda por despido incoada por Solange Aldaves contra Grey Gardens S.R.L. y Portell, al no acreditarse la existencia de relación laboral. La prueba aportada por la actora fue considerada insuficiente, por lo que se confirmó la ausencia de relación laboral y el rechazo de la acción.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Solange Aldaves, demandó por despido a Grey Gardens S.R.L. y a Pablos Daniel Portell, argumentando su ingreso a trabajar el 6 de mayo de 2017 como recepcionista en el establecimiento de Italia 488, con una jornada laboral de martes a domingo de 20 a 3 horas, y un salario de $25.000. Además, relató que realizó pedidos verbales de registración laboral y que mediante telegramas intentó canalizar esa solicitud. Las demandadas, Portell y la empresa, negaron la relación laboral y se presentaron a contestar la demanda, rechazando los hechos y desconociendo la existencia de vínculo laboral. La demandada Pablos Portell, además, presentó prueba y negó los hechos. La actora no compareció a la audiencia de vista de causa y no aportó prueba que fundamente su reclamo. El tribunal analizó la prueba y sostuvo que, conforme a lo establecido en el art. 375 del CPCC, la parte actora tenía la carga de probar la existencia de la relación laboral. La falta de prueba y la ausencia de comparecencia de la actora llevaron a concluir que no se acreditó la existencia de la relación laboral denunciada. Por ello, se rechazó la demanda en su totalidad, imponiéndose las costas a la actora y regulándose los honorarios de los profesionales actuantes en la suma de $295.533. El fallo se fundamentó en que la actora no acreditó la relación laboral invocada, y en la jurisprudencia citada, que refuerza la carga de prueba en cabeza del actor y la insuficiencia probatoria en el caso. Se concluyó que la prueba aportada fue insuficiente para demostrar la existencia del vínculo laboral y que, en consecuencia, corresponde rechazar la demanda.

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