CARBONE GABRIELA ALEJANDRA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AUTOSEGURO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Primera Instancia desestimó la acción por accidente laboral de Gabriela Carbone contra la Provincia de Buenos Aires. La sentencia sostiene que no se acreditó la relación causal entre el accidente y la incapacidad denunciada. La demanda fue rechazada y las costas impuestas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Gabriela Carbone, demanda a la Provincia de Buenos Aires y su autoaseguradora, AutoSeguro, reclamando la cobertura de una incapacidad del 37% por lesiones en ambas rodillas tras accidentes ocurridos el 31/7/23 y 7/8/23.
- La demandada, en representación del Estado provincial, argumenta que los hechos no constituyen accidente laboral y que no existe relación causal entre la contingencia y las lesiones. Reconoce el siniestro del 7/8/23 pero lo considera in itinere, y no el accidente en el lugar de trabajo del 31/7/23.
- La pericia médica concluyó que la incapacidad no está relacionada causalmente con el accidente denunciado, ya que no se acreditó la lesión meniscal ni la relación entre el evento y las patologías constatadas. La historia clínica no avala la existencia de lesión meniscal ni la relación causal con el accidente denunciado.
- El tribunal consideró que no se acreditó la existencia de la incapacidad vinculada al accidente, y que la descripción del mecanismo accidentológico no se vinculaba con la patología. Por ello, rechazó la demanda y dispuso las costas a la parte actora.
- Los honorarios de la parte actora y del perito médico se regulan en consecuencia, y se ordena su pago en los términos establecidos.
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