FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PI RUTA 6 S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
Fallo en proceso de apremio contra PI RUTA 6 S.A. por deuda tributaria de $3.395.297,00. El tribunal ordena el pago y remate de bienes, confirmando la ejecución y aplicando intereses desde la demanda. La parte demandada fue debidamente notificada y se imponen costas a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Provincia de Buenos Aires, como parte actora, demanda a PI RUTA 6 S.A. por la ejecución de una deuda tributaria.
- La sentencia ordena que la parte demandada pague la suma de $3.395.297,00, con intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme al artículo 104 del Código Fiscal.
- Además, se ordena el trance y remate de los bienes de la ejecutada hasta cubrir el monto reclamado.
- La jurisprudencia cita que, al no haber oposición de excepciones dentro del plazo legal, se deja constancia del cumplimiento de las notificaciones y del domicilio constituido en autos.
- La resolución fundamenta que, ante la falta de oposición y en virtud de los arts. 7, 10, 25 de la ley 13.406 y arts. 540 y 549 del C.P.C.C., procede la ejecución, imponiendo costas a la parte vencida y dejando pendiente la regulación de honorarios para futura oportunidad.
- La sentencia también señala que se incorpora el mandamiento de intimación de pago y embargo.
- Los fundamentos principales destacan que: "no habiendo oposición en el plazo legal, se deja constancia que la parte ejecutada fue debidamente intimada en su domicilio, y que en virtud de los arts. 7, 10, 25 de la ley 13.406 y arts. 540, 549 del C.P.C.C., la ejecución procede en todos sus términos."
- La sentencia se basa en la normativa de la ley 13.406 y el C.P.C.C., considerando la notificación y la falta de excepciones, y dispone la ejecución por la deuda tributaria, incluyendo intereses y costas.
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