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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PESQUERA SIEMPRE GAUCHO SOCIEDAD ANONIMA S/ APREMIO PROVINCIAL

La causa de ejecución por apremio fiscal contra Pesquera Siempre Gaucho Sociedad Anónima, ordena el pago de $1.173.507,80 más intereses y costas, confirmando la sentencia de remate por falta de excepciones legítimas de la parte ejecutada.

Intereses Incumplimiento Ejecucion fiscal Provincia de buenos aires Proceso de ejecucion Domicilio constituido Remate Intimacion de pago Apremio provincial Ley 14.967

Quién demanda: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

¿A quién se demanda?

PESQUERA SIEMPRE GAUCHO SOCIEDAD ANONIMA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de $1.173.507,80 más intereses, gastos y costas, en sede de ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se ordena la realización del remate y ejecución hasta que la parte ejecutada efectúe el pago completo del capital, intereses, gastos y costas, conforme a la sentencia dictada. La parte demandada no opuso excepciones en el plazo legal, por lo que se la declara desistida de su derecho a oponerse. La ejecución prosigue con el remate del bien, y se deja establecida la constitucción del domicilio en los estrados del juzgado y la diligencia de intimación en la dirección especificada. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC, se ordena la ejecución hasta que la parte ejecutada haga completo pago del capital reclamado, más intereses y gastos." "Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle GENOVA N° 1841 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967." "Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC)." "Se ordena la ejecución por el monto de $1.173.507,80, intereses y costas, con remate del bien en caso de incumplimiento." No se registran votos en disidencia ni consideraciones adicionales relevantes.

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