A.R.B.A. C/ CIKRO COMBUSTIBLES SAS S/ APREMIO PROVINCIAL
El tribunal ordenó la ejecución del apremio en contra de CIKRO COMBUSTIBLES SAS para que abone la suma de $35.097.606,70, más intereses, en virtud de la falta de oposición de excepciones en plazo. La sentencia confirma la validez del título ejecutivo y regula costas a la parte vencida, estableciendo el domicilio procesal y la intimación de pago en Mar del Plata.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, promovió ejecución contra CIKRO COMBUSTIBLES SAS, por el importe de $35.097.606,70, en concepto de deuda fiscal. La demandada no opuso excepciones legítimas en el plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho que ha dejado de usar, en virtud del art. 25 de la ley 13.406 y arts. 116 y 155 del C.P.C.C. La sentencia ordena el cumplimiento de la ejecución con el pago completo del capital reclamado, más intereses, y las costas a la parte vencida. Además, se hace efectivo el apercibimiento y se constituye domicilio en los estrados del Juzgado, dejando constancia de la intimación de pago en la dirección denunciada.
Fundamentos principales:
“Que la parte demandada no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, en consecuencia dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 25 de la ley 13.406; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.).”
“Por ello conforme a lo pedido y a lo dispuesto por los arts. 1, 2, 3, y 13 de la ley 13.406, FALLO: (...) en consecuencia, manda a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto CIKRO COMBUSTIBLES SAS haga al actor, AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado, que asciende a la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SEIS CON 70/100 ($35.097.606,70) -monto total del título ejecutivo
- con más los intereses legales que corresponden (art. 104 del Código Fiscal).”
“Se deja expresa constancia que la demandada fue intimada de pago en el domicilio denunciado de la calle Cerrito N° 968 de la localidad de Mar del Plata.”
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