JORGENSEN MAXIMO AAGE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos en sucesión abintestato por fallecimiento de Maximo Aage Jorgensen en Mar del Plata. La sentencia declara a sus hijos Liliana Beatriz Jorgensen y Jorge Edgardo Jorgensen como herederos, en virtud de la acreditación del fallecimiento y la existencia de vínculo familiar.
- Quién demanda: La parte solicitante en calidad de heredera (no especificada en el extracto).
¿A quién se demanda?
En realidad, el proceso es de declaración de herederos, por lo que no hay un demandado en el sentido tradicional, sino que se trata de un trámite sucesorio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de herederos del Sr. Maximo Aage Jorgensen, fallecido el 21-05-2025, en carácter de herederos sus hijos Liliana Beatriz Jorgensen y Jorge Edgardo Jorgensen.
¿Qué se resolvió?
Se declara que, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, le suceden en carácter de herederos sus hijos Liliana Beatriz Jorgensen y Jorge Edgardo Jorgensen, tras acreditar el fallecimiento y los vínculos filiatorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que con el certificado adjunto en fecha 12-06-2025 se acredita el fallecimiento del Sr. Maximo Aage Jorgensen (DNI N° 5.351.713) ocurrido el día 21-05-2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires." "Que con la copia adjunta en el escrito de fecha 12-06-2025 y correspondiente a los autos 'ELISA VICTORIA HEIM S/ SUCESION' (Expte 21341-9 JCC 3 MDP) se acredita el matrimonio y fallecimiento de la Sra. Elida Victoria Heim (cónyuge del causante), ocurrido el día 28-07-2009." "Que con las actas adjuntas en fecha 12-06-2025 se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: Liliana Beatriz Jorgensen, ocurrido el día 22-11-1955 y Jorge Edgardo Jorgensen, ocurrido el día 29-12-1959." "Que en fecha 08-08-2025 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2° del C.P.C. y 2340 del CCyC, 2° párr." "Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario." "Que en fecha 18-06-2025, 19-06-2025 y 02-07-2025 respectivamente, obran oficios debidamente informados por
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: